Área de práctica
Ciudadanía por inversión
Yatırım Yoluyla Türk Vatandaşlığı
Ciudadanía turca por la vía del depósito bancario o de la adquisición inmobiliaria, dirigida de principio a fin por un abogado colegiado en el Colegio de Abogados de Estambul.
Alcance de la práctica
La Ciudadanía por Inversión (Yatırım Yoluyla Türk Vatandaşlığı) es la materia en torno a la cual se constituyó este despacho y ha sido su trabajo principal desde 2019. La disposición que la rige es el artículo 12(1)(b) de la Ley de Ciudadanía Turca (Türk Vatandaşlığı Kanunu) N.º 5901, que permite la adquisición de la ciudadanía turca por decisión excepcional del Presidente de la República cuando el solicitante ha realizado una inversión de la clase y por el importe que el Presidente determine. Las clases y los importes se establecen en el artículo 20 del Reglamento de desarrollo, aprobado por la Decisión del Consejo de Ministros N.º 2010/139.
Dos vías concentran casi la totalidad de los expedientes del despacho. La primera es un depósito bancario de al menos USD 500,000 constituido en una entidad supervisada por la Agencia de Regulación y Supervisión Bancaria (BDDK) y mantenido bajo un compromiso de bloqueo de tres años. La segunda es la adquisición de un inmueble turco por un valor no inferior a USD 400,000, conservado durante tres años bajo una restricción anotada en el título registral. Ambas vías conducen al mismo resultado jurídico: un decreto presidencial que confiere la ciudadanía turca al solicitante, a su cónyuge y a los hijos que sean menores de edad en ese momento.
El encargo se acepta como un asunto único y no como un conjunto de gestiones separadas. Un expediente que será examinado años después debe formarse de modo que resista ese examen, y son los documentos creados al comienzo los que deciden si lo resiste. El despacho conduce el asunto mediante poder notarial (vekâletname) cuando el cliente no puede estar presente en Turquía en cada etapa, y el cliente conserva en todo momento el acceso directo a su propia cuenta bancaria y a su propia relación con el banco.
Servicios concretos
Evaluación de elegibilidad previa a cualquier compromiso
Examen de la inversión proyectada, de la situación familiar y del soporte documental a la luz del artículo 12(1)(b) y del artículo 20 del Reglamento, antes de que se mueva el dinero.
Vía del depósito bancario (USD 500,000)
Conducción del expediente de depósito ante una entidad supervisada por la BDDK, incluido el compromiso de bloqueo (blokaj taahhütnamesi) desde el que corre el plazo de tres años.
Vía inmobiliaria (USD 400,000)
Examen del título, verificación del informe de tasación, ejecución de la transferencia ante el Registro de la Propiedad y anotación en el título de la restricción de tres años.
Escrutinio del informe de tasación
Examen independiente de la tasación sobre la que se sostendrá la solicitud, conforme al régimen de tasador asignado introducido por las circulares de la TKGM de 2024.
Certificado de conformidad (Uygunluk Belgesi)
Solicitud ante la autoridad competente del certificado que acredita que la inversión reúne los requisitos, documento del que depende la solicitud de ciudadanía.
Permiso de residencia de inversor (İkamet İzni, artículo 31(1)(j))
El permiso de residencia que la solicitud de ciudadanía exige, obtenido por la vía del inversor y no por una categoría ordinaria.
Solicitud de ciudadanía y su tramitación
Presentación ante la Dirección General de Población y Asuntos de Ciudadanía (NVİ) y conducción del expediente hasta el decreto presidencial.
Después del decreto y los tres años siguientes
Inscripción registral, pasaporte, el período de tenencia y su vencimiento, y las cuestiones fiscales y de enajenación que surgen una vez transcurrido el plazo.
Decisiones desfavorables
Cuando una solicitud es denegada, o cuando un certificado o una decisión de ciudadanía es anulado o revocado, la posición conforme a los artículos 31 y 40 de la Ley N.º 5901 y el recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Fundamento legal
Normas principales: la Ley de Ciudadanía Turca (Türk Vatandaşlığı Kanunu) N.º 5901, en particular su artículo 10 sobre la inexistencia de un derecho absoluto a la ciudadanía, su artículo 12(1)(b) sobre la adquisición por decisión excepcional y sus artículos 31 y 40 sobre la anulación y la revocación; el Reglamento de desarrollo de la Ley de Ciudadanía Turca, aprobado por la Decisión del Consejo de Ministros N.º 2010/139, publicado en el Resmî Gazete de 6 de abril de 2010, N.º 27544, y en particular su artículo 20 sobre las inversiones que cumplen los requisitos; la Ley de Extranjeros y Protección Internacional (Yabancılar ve Uluslararası Koruma Kanunu) N.º 6458, artículo 31(1)(j), para el permiso de residencia de inversor; la Ley Bancaria (Bankacılık Kanunu) N.º 5411, para el marco de supervisión de la entidad depositaria; y las circulares de la Dirección General del Registro de la Propiedad y Catastro (TKGM) de 2024, que rigen la tasación y la confirmación del importe. La Ley de la Abogacía (Avukatlık Kanunu) N.º 1136 rige la responsabilidad profesional que el abogado asume respecto del expediente.
Aspectos transfronterizos
El plazo de tres años es el punto que con más frecuencia se malinterpreta, y conviene enunciarlo con precisión. En la vía del depósito corre desde la firma del compromiso de bloqueo ante el banco, y no desde la fecha del decreto. En la vía inmobiliaria corre desde la fecha de la transferencia inscrita en el Registro de la Propiedad. El inversor que cuente desde el decreto llegará al final del período más tarde de lo que espera. Desde marzo de 2024, en la vía inmobiliaria el tasador es asignado y no elegido por las partes, y el precio consignado en el título, los pagos efectuados y el importe confirmado deben alcanzar cada uno por separado el umbral, de modo que un expediente en el que la cifra registrada difiera de lo efectivamente pagado no satisface el requisito. Turquía permite que sus ciudadanos ostenten otra nacionalidad; si alguna otra nacionalidad resulta afectada es cuestión regida por el derecho del Estado de que se trate y corresponde a los letrados de esa jurisdicción. Las solicitudes las resuelve la administración, y el artículo 10(1) de la Ley N.º 5901 dispone expresamente que el cumplimiento de las condiciones no confiere un derecho absoluto a la ciudadanía.
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