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Depósito Bancario9 min de lectura

Repatriación de los fondos de inversión tras el período de tenencia de tres años: liberación del blokaj y transferencia al exterior

BT

Attorney Abdulsamed Burak Turak

17 de julio de 2026

El mecanismo del blokaj

En la vía del depósito para la ciudadanía turca, un mínimo de USD 500,000 se sitúa en un banco que opera en Türkiye y sujeto a la regulación de la BDDK, y se mantiene bajo bloqueo (blokaj) durante tres años. El bloqueo se acredita mediante una carta de compromiso emitida por el banco a la BDDK que confirma que los fondos no se retirarán durante el plazo de tres años. Es ese instrumento, y no el depósito por sí solo, el que satisface el requisito regulatorio.

El bloqueo restringe la retirada del capital. No priva al titular de la cuenta de visibilidad sobre ella. En nuestra práctica, los clientes conservan acceso directo a la banca en línea de la cuenta durante todo el período de tenencia, lo que permite verificar la situación en cualquier momento en lugar de asumirla por confianza.

Cuándo comienzan los tres años

El período de tres años se computa desde la fecha en que se practica el bloqueo sobre la cuenta — no desde la fecha del Decreto Presidencial que confiere la ciudadanía. Dado que la resolución de ciudadanía suele seguir al depósito con un año o más de diferencia, ambas fechas pueden quedar muy separadas, y la diferencia no es marginal.

Considérese la secuencia ordinaria: un bloqueo practicado en mayo de un año, con la ciudadanía conferida por Decreto Presidencial en diciembre del año siguiente. Los fondos quedan libres en mayo del tercer año posterior al bloqueo — una fecha aproximadamente dieciocho meses anterior a la que esperaría un inversor que computara desde el Decreto. Los inversores que miden el plazo desde un punto de partida equivocado mantienen habitualmente el capital bloqueado bastante más allá del término que la norma realmente exige.

El requisito de conversión ante el Banco Central

Una característica de la vía del depósito que afecta materialmente a su economía, y que a menudo no se aprecia al inicio, se refiere a la moneda en que se mantienen los fondos. Conforme a la Decisión Presidencial aplicable, los importes en divisa destinados a la inversión computable deben venderse a un banco que opere en Türkiye y convertirse a liras turcas al tipo del Banco Central (TCMB), manteniéndose el importe resultante en liras turcas durante el período de tres años.

La consecuencia es que lo que se mantiene bloqueado durante tres años es el importe en liras turcas, no la divisa original. Las variaciones del tipo de cambio a lo largo del período de tenencia recaen, por tanto, sobre el inversor. Se trata de una característica estructural de la vía y no de una cuestión de elección de banco, y constituye una consideración central al comparar la vía del depósito con la vía inmobiliaria, en la que el activo mantenido es el propio inmueble.

Liberación y transferencia al exterior

Transcurrido el plazo de tres años, el bloqueo se levanta y los fondos dejan de estar restringidos. Türkiye no impone una prohibición general de control de cambios sobre la transferencia de fondos al exterior, ni existe exigencia alguna de que el capital permanezca en el país una vez cumplida la obligación de tenencia.

No obstante, las transferencias se ejecutan a través del sistema bancario, sujeto al marco de prevención del blanqueo de capitales de la Law No. 5549 y a la regulación de MASAK. El banco aplicará la diligencia debida sobre el cliente y exigirá documentación que respalde el origen de los fondos y el fundamento de la transferencia. Los fondos cuya entrada en Türkiye está documentada — respaldada por los registros de compra de divisa y por el historial de la cuenta generado en el momento de la inversión original — presentan un rastro probatorio coherente. Esta es una de las razones por las que la documentación generada al inicio de un expediente importa en su conclusión, varios años después.

Rendimiento del depósito durante el plazo

Los fondos bloqueados se mantienen como depósito y pueden devengar intereses conforme a las condiciones acordadas con la entidad. Los rendimientos de intereses obtenidos en Türkiye están sujetos a retención en la fuente conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta (Law No. 193). Si esos rendimientos deben además declararse, y de qué modo, depende del estatus de residencia fiscal del inversor, que se evalúa por separado y que puede haber cambiado durante el período de tres años.

La salida forma parte de la estructura

La vía del depósito se presenta con frecuencia como si concluyera con el Decreto Presidencial. En sustancia, la operación continúa durante tres años desde el blokaj y termina con la liberación y el destino del capital. Los inversores que tratan la liberación como una fase previsible — con la documentación, la relación bancaria y la situación fiscal organizadas en consecuencia — se encuentran con un proceso materialmente más sencillo que quienes la abordan solo cuando el plazo expira.

Este artículo ofrece información general sobre el Derecho turco y no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. El tratamiento de los fondos en el momento de su liberación depende de los hechos concretos del caso, incluida la documentación generada en el momento de la inversión y su residencia fiscal en el momento de la transferencia. Para revisar la situación de un depósito mantenido bajo la vía de ciudadanía, reserve una consulta con el Av. Abdulsamed Burak Turak.

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Aviso Legal: Este artículo tiene fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal. Las leyes y normativas de ciudadanía pueden cambiar. Para asesoramiento específico para su situación, consulte directamente al Av. Abdulsamed Burak Turak.

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